
Mediante la Resolución 3461 de 2025: creación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral en las entidades públicas y privadas de Colombia.
El Ministerio de Trabajo emitió la Resolución 3461 del 1 de septiembre de 2025, que establece las normas para la creación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral en entidades públicas y privadas del país.
Objetivo: fortalecer la prevención, manejo y seguimiento de casos de acoso laboral, garantizando ambientes de trabajo saludables y respetuosos.
Puntos claves de la resolución
- Aplica a empleadores públicos, privados, contratistas, trabajadores y estudiantes.
- Los comités deben estar integrados de forma equitativa entre empleadores y trabajadores:
- Menos de 5 trabajadores: 1 representante por cada parte.
- De 6 a 20 trabajadores: 1 representante y su suplente por cada parte.
- Más de 20 trabajadores: 2 representantes y sus suplentes.
- Las empresas con varios centros de trabajo deberán tener un comité por cada sede.
- Duración: los comités tendrán una vigencia de dos años.
- No podrán participar trabajadores que hayan presentado o sido víctimas de acoso laboral en el último año.
- Los comités deben elaborar un reglamento interno que contemple acuerdos de confidencialidad y manejo de la información.
- Las ARL deberán apoyar el desarrollo de medidas preventivas y correctivas.
Fuente oficial: Ministerio del Trabajo – www.mintrabajo.gov.co

